Derecho al trabajo VS. capacidad económica de los empresarios

COGEP – Ecuador: ¿Volar o perecer?
enero 3, 2017
Seguridad informática en época de pandemia mundial
abril 30, 2020

Derecho al trabajo VS. capacidad económica de los empresarios

En concordancia con la doctrina y la Constitución ecuatoriana, el trabajo es un derecho social, económico, fuente de realización personal y base de la economía nacional. Mismo que debe ser digno, contar con un ambiente saludable; por el cual en contraprestación se obtiene una remuneración y retribución justa por las funciones realizadas.  

El derecho al trabajo es bi-direccional; tanto para el empleador/empresario/emprendedor como para el trabajador; ambos son parte fundamental en esta relación y necesarios para que el sistema productivo de un país se mantenga. A inicios del año 2020 se conocía sobre el brote de un nuevo virus que estaba atacando a la población asiática de manera agresiva; meses después de la poca información compartida al mundo por el gigante asiático, la OMS -tardíamente- concluyó que este había adquirido la categoría de una pandemia mundial. Hoy no es una amenaza, es una realidad dolorosa que ha afectado, como no sucedía hace siglos, la estabilidad del sistema productivo mundial.

En el Ecuador, dentro del Código de Trabajo en su Art. 169 numeral 6 se contempla la posibilidad de terminación de contratos individuales por caso fortuito o fuerza mayor cuando estos imposibiliten cumplir con la jornada de trabajo. Como una consecuencia de la declaratoria de emergencia nacional por el COVID-19, en nuestro país se está palpando precisamente la aplicación de esa particular situación; la cual ha sido adoptada por varios empresarios y/o empleadores para evitar un total colapso económico a nivel nacional, ya que es casi imposible mantener trabajadores con los mismos salarios y beneficios legales, sin que existe una producción adecuada e ingresos que permitan retribuir las contraprestaciones entregadas.

Sin embargo, no es la única solución. Para algunos empresarios, aquellos que tienen una mayor estabilidad económica y desean evitar la ejecución de despidos intempestivos, se puede optar por la suspensión temporal del trabajo o, la disminución de horas trabajadas y por ende una disminución salarial, siempre que ambas partes estén de acuerdo.

Por lo tanto, las decisiones laborales y económicas deben ser tomadas para prever problemas futuros, no sólo para sobrevivir estos meses de incertidumbre, sino para poder mantener familias ecuatorianas enteras que viven de sueldos percibidos por una o más cabezas de familia y en la medida de lo posible, equilibrar también los recursos que tienen que aplicar los empresarios/empleadores para no caer en desequilibrios financieros críticos.

LOE
LOE

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.